Presentación del Proyecto de Ley del Sistema Único de Garantías de los Derechos Sociales.

  Por www.gabrielacerruti.com/ar el 25 ago 2010

Hacia la consolidación de un umbral mínimo de derechos plenos y efectivos en la Ciudad de Buenos Aires.

El 9 de agosto presentamos el proyecto de Ley del SUGDDS.

Es responsabilidad estatal asumir plenitud de competencias en materia de desarrollo social mediante políticas superadoras del anterior concepto de beneficencia. Aún en la actualidad se verifica una errónea concepción paternalista en materia de acción social que no contempla al ciudadano como sujeto de derechos, sino como objeto para actuar. En cambio, se debe integrar a las políticas de acción social en una dimensión global del quehacer colectivo que lleve a considerar los servicios sociales como instrumentos necesarios para alcanzar mayores niveles de bienestar social de todos los ciudadanos, muy especialmente de aquellos que son marginados por la sociedad con mayor facilidad dada su situación de vulnerabilidad.

En la Ciudad de Buenos Aires existe una multiplicidad de organismos, planes, programas y acciones específicas en materia de asistencia social y una dispersión de normativas que regulan las competencias, que no solo dificultan al ciudadano el acceso a las prestaciones ofertadas sino que también restan eficiencia y eficacia al sistema.

La ausencia de planificación y coherencia de estos servicios ha impedido que se conozcan acabadamente las necesidades concretas de los usuarios y que éstos puedan participar de manera adecuada en la gestión de los mismos.

Por lo que se evidencia necesario desarrollar una normativa que contemple un Sistema Único de Garantías de los Derechos Sociales que articule todos aquellos servicios que contribuyan a lograr la promoción y el desarrollo de los individuos y los grupos sociales.

La finalidad de la Ley es la de garantizar un sistema público de servicios sociales y regular los ya existentes en la comunidad a fin de conseguir un bienestar básico para todos los ciudadanos mediante un conjunto de actuaciones que tiendan a la prevención y eliminación de las causas que conducen a la marginación. Igualmente, tiene por finalidad favorecer el total y libre desarrollo de la persona dentro de la sociedad, promoviendo su participación activa en la vida social y política.

La ley no sólo debe contemplar los derechos de los ciudadanos sino también sus obligaciones, es decir las corresponsabilidades en relación a los servicios sociales. Toda persona que acceda a los servicios sociales tiene que cumplir las normas, requisitos y procedimientos para el uso y disfrute de las prestaciones de servicios sociales y sobre todo comprometerse a participar activamente en su proceso de mejora, autonomía personal e inserción social.

Se ha tenido en cuenta la exitosa experiencia que significó el Programa de Ciudadanía Porteña que incluso se anticipó a la implementación del Ingreso Universal por hijo del gobierno nacional. Este antecedente marcó una nueva visión en términos de promoción social, un criterio de solución integral en cuanto a la erradicación definitiva de la indigencia en la Ciudad de Buenos Aires. Aportó una nueva concepción a los programas destinados a promover socialmente a los ciudadanos considerando que tienen una profunda relación con los derechos humanos de los individuos

La implementación del Programa de Ciudadanía Porteña fue un acontecimiento histórico en la ciudad de Buenos Aires ya que por primera vez se produjo un abordaje con sentido universal en la lucha para la erradicación de la indigencia y se estableció una relación directa entre el ciudadano y el estado rompiendo con la lógica del clientelismo promovido en las últimas décadas.

Al igual que el Programa de Ciudadanía Porteña, el Sistema Único de Garantías de los Derechos Sociales propone un nuevo objetivo en políticas de acción social, busca construir una relación distinta entre el Estado y los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires, especialmente con aquellos en situación de mayor vulnerabilidad.

Desde esta perspectiva se establece un umbral mínimo de derechos plenos y efectivos que requieren tanto de la responsabilidad del estado, que con la aprobación del presente proyecto la asume con cabalidad, como así también la corresponsabilidad de cada hogar beneficiario.

El Sistema Único de Garantías de los Derechos Sociales tiene como fundamento y objetivo general la construcción real de ciudadanía, es sin lugar a dudas un sistema que no solo establece como principio de las políticas públicas la transparencia de la asignación, la identidad de quien recibe el beneficio y la imposibilidad de sortear el requisito por intermediaciones de ninguna especie, sino que también dispone de un mecanismo que garantiza su cumplimiento.

Se lo concibe así como un estímulo al desarrollo humano que apunta a interrumpir los mecanismos intergeneracionales de reproducción de la pobreza y la desigualdad, equiparando oportunidades de los sectores marginados en relación con del resto de los sectores sociales.

Para ello, el Sistema Único de Garantías de los Derechos Sociales, tiene como principios rectores el abordaje de la situación social con políticas que den respuesta a las necesidades de subsistencia de los hogares más vulnerables, al mismo tiempo que tiendan a resguardar el capital humano, social y cultural de los hogares; la tendencia a la universalización de las políticas sociales y la recuperación de la centralidad del estado en el vínculo con el ciudadano con el apoyo y acompañamiento de la sociedad civil; el desarrollo del capital humano, a través de la educación, como factor estratégico para combatir la pobreza y la vulnerabilidad social; la permanencia de los jóvenes en el sistema educativo, incorporando a los que hoy no están estudiando ni trabajando como forma de modificar las causas estructurales que originan la reproducción generacional de la pobreza; la generación de compromisos mutuos entre el Estado y las familias, de modo tal de promover en estas últimas la corresponsabilidad respecto de la educación y de la salud de sus integrantes, contribuyendo a fortalecer procesos de integración social.

Se considera al ciudadano como sujeto de derecho y siendo ésto reconocido por la CCABA y la CN, el presente proyecto explicita la modalidad por la que el Estado de la Ciudad de Buenos Aires está obligado a brindar servicios a fin de generar por un lado, la integración y el desarrollo de la comunidad y, por el otro, la plena realización del individuo ya sea mediante su promoción o mediante la progresiva remoción de aquellas condiciones que actúan como limitante a tal fin.

Se verifica también la necesidad de legislar sobre la materia puesto que la mayoría de las prestaciones brindadas actualmente han sido establecidas por decreto, creándose así un vacío legal respecto del marco general y de principios que deberían regir las prestaciones.

A todo lo expuesto, cabe agregar la urgencia que ha cobrado la búsqueda de soluciones efectivas para abordar con un plan sistemático e integral la problemática social dado el aumento de la mortalidad infantil en la Ciudad de Buenos Aires en el último año tal como lo indica el informe de la Dirección General de Estadísticas y Censos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (http://estatico.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/sis_estadistico/425_mortalidad_infantil.pdf).

Teniendo en cuenta las definiciones esgrimidas y a sabiendas de la realidad de la Ciudad de Buenos Aires es que consideramos de fundamental importancia generar un marco legal de garantía de los derechos sociales, que lejos de transformarse en una abstracción conceptual tiene por objeto garantizar de manera efectiva y operativa el acceso a los servicios sociales por parte de todos los ciudadanos de la CABA.

Link para descargar el Proyecto de Ley Nº 2238-D-10 Sistema Único de Garantías de los Derechos Sociales.


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